16 de junio de 2021 | Ben Bidwell Director de Aduanas de América del Norte & Compliance
La Ley de Innovación y Competencia de EE.UU. (USICA) está avanzando en el Congreso con un fuerte apoyo bipartidista. La legislación fue aprobada por el Senado el 8 de junio de 2021, y ahora será retomada por la Cámara de Representantes. Aunque el proyecto de ley contiene un exceso de diversos conceptos comerciales, la USICA también aborda las exclusiones de derechos de China de la Sección 301.
Si es aprobado por la Cámara y firmado por el Presidente, el USICA podría tener un impacto muy grande en la comunidad comercial de las importaciones, especialmente porque aproximadamente dos tercios de los productos chinos seguirán estando sujetos a derechos adicionales que van del 7,5% al 25%. Consulte nuestra línea de tiempo de la guerra comercial para conocer los detalles de la situación actual.
A lo largo de los dos últimos años, el Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR) ha concedido unas 2.357 exclusiones de derechos de la Sección 301 de los aranceles de la "guerra comercial con China". Muchas de ellas (estimamos que alrededor del 83%) han expirado desde entonces, dejando sólo los productos médicos y otros artículos utilizados en la lucha contra el COVID-19 elegibles para evitar los tipos de derechos adicionales durante unos meses más.
Sin embargo, el proyecto de ley que el Senado aprobó recientemente (Sección 73001 - Título III) establece: "...el USTR establecerá y mantendrá un proceso para las solicitudes de exclusión de derechos en virtud de la Sección 301, a menos que el Representante Comercial determine y certifique a los comités apropiados del Congreso que el mantenimiento de un proceso de exclusión (a) perjudicaría la capacidad de los Estados Unidos para mantener una presión efectiva para eliminar las prácticas irrazonables o discriminatorias que gravan el comercio en los Estados Unidos; o (b) no es práctico debido al bajo valor de los derechos impuestos (S3567-S3568)." Por lo tanto, queda por ver si un nuevo proceso de solicitud de exclusión de derechos vendrá con una nueva ley.
La sección 73001 de la USICA también parece indicar que todas las exclusiones de derechos cubiertas anteriormente se restablecerían desde la fecha de aprobación de la legislación hasta el final del año natural 2022. Esto abarca más de 2.200 exclusiones únicas que los importadores podrían volver a aprovechar para evitar los tipos de derechos adicionales de los aranceles de la Sección 301 sobre China.
Según el proyecto de ley aprobado por el Senado, las exclusiones de derechos que expiraron el 31 de diciembre de 2020 (y sólo en esa fecha), se harían retroactivas entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de aprobación.
El lenguaje del proyecto de ley es el siguiente "...no obstante la Sección 514 de la Ley Arancelaria de 1930 o cualquier otra disposición de la ley y sujeto al subpárrafo (B), cualquier entrada de un artículo cubierto sobre el cual se pagaron derechos bajo la Sección 301(b) de la Ley de Comercio de 1974 y al cual se le habría aplicado una exclusión de derechos cubiertos el 31 de diciembre de 2020, que fue hecha - (i) después del 31 de diciembre de 2020, y (ii) antes de la fecha de promulgación de esta Ley, será liquidada o reliquidada como si dicha entrada hubiera ocurrido en dicha fecha de promulgación....La liquidación o reliquidación podrá efectuarse... si se presenta una solicitud al respecto ante la U.S. Customs & Border Protection a más tardar 180 días después de la fecha de promulgación de esta Ley".
Para entender el impacto retroactivo de esta legislación, tenemos que mirar los números. Había aproximadamente 472 exclusiones que expiraron el 31 de diciembre de 2020.
De esas exclusiones caducadas, 21 eran exclusiones específicas del código HTS, lo que significa que cualquier importación que utilizara uno de esos 21 números de clasificación HTS podría acogerse a la exención arancelaria. Las restantes 451 exclusiones caducadas se encontraban en el nivel de descripción del producto especialmente preparado por el USTR, lo que significa que el producto importado no sólo debe encajar en el código HTS, sino también en el lenguaje específico de la exclusión.
Si bien esto podría ser una gran victoria para la comunidad de importadores que anteriormente se beneficiaban de las exclusiones de la Sección 301, también significa que hay trabajo por delante para abordar los envíos que podrían ser elegibles para un reembolso de las exclusiones retroactivas. Tenga en cuenta que los derechos se devolverán sin intereses.
Tome medidas para asegurarse de que se beneficia de todas las exclusiones restablecidas si esta legislación se convierte en ley. No aborde esta tarea solo. Apóyese en su agente de aduanas, consultor comercial o abogado para identificar las oportunidades de reembolso que puedan existir.
C.H. Robinson está monitoreando esta legislación de cerca y espera asistir a nuestros cargadores para asegurar que todas las oportunidades de reembolso sean identificadas y maximizadas. Mientras esta legislación avanza por las restantes ramas del gobierno, seguiremos publicando actualizaciones a medida que se realicen cambios o se alcancen nuevos hitos.