EXW - En fábrica (Ex Works)
El vendedor cumple con su obligación de entregar cuando pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones (es decir, obra, fábrica, almacén, etc.). En particular, el vendedor no es responsable de cargar las mercancías en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despachar las mercancías para la exportación, a menos que se acuerde lo contrario. El comprador asume todos los costos y riesgos involucrados en llevar la mercancía desde las instalaciones del vendedor al destino deseado. Por lo tanto, este término representa la obligación mínima para el vendedor. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
La mercancía se pone a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor.NOTA: Si el comprador no puede despachar la mercancía para la exportación porque no se encuentra en el país de origen o porque todavía es responsable de las presentaciones de exportación, se debe utilizar un término diferente; considere usar el término FCA en esta situación.
FCA– Libre transportista (Free Carrier)
(lugar convenido)
El vendedor entrega la mercancía a la línea transportista designada por el comprador en el lugar convenido; normalmente la fábrica o el almacén del vendedor. El vendedor es responsable de cargar la mercancía al transportista encargado de la recolección y de realizar el despacho de exportación. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
Las mercancías se entregan al primer transportista en el lugar convenido.
NOTA: Este término debe aplicarse si el comprador desea organizar todo el transporte y la gestión, pero no puede actuar como exportador registrado en el país de origen.
CPT – Transporte pagado hasta (Carriage Paid To)
(lugar de destino convenido)
El vendedor debe pagar el transporte de la carga hasta el punto de destino convenido. El riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía se entrega al primer transportista. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
El vendedor asume todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta que se entrega al (primer) transportista en el lugar de envío, dentro del tiempo acordado estipulado en el contrato de venta.
CIP – Transporte y seguro pagados hasta (Carriage and Insurance Paid to)
(lugar de destino convenido)
El vendedor paga el transporte y el seguro hasta el punto de destino convenido, pero el riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía se entrega al primer transportista. El vendedor está obligado, bajo su propio costo, a contratar un seguro de carga que cumpla con las coberturas previstas por las Cláusulas (A) de las Cláusulas del Instituto de Carga (LMA/IUA) o cualquier cláusula similar según corresponda al medio de transporte utilizado. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
Las mercancías se entregan al primer transportista. El vendedor es responsable de la cobertura de seguro a "todo riesgo".
DAP – Entregada en lugar (Delivered at Place)
El vendedor asume todos los gastos de transporte y el riesgo hasta la entrega. La “entrega” ocurre cuando la mercancía está a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada, lista para su descarga en el lugar de destino convenido. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
La mercancía se pone a disposición del comprador, lista para su descarga en el destino convenido.
DPU – Mercancía entregada y descargada en lugar convenido (Delivered at Place Unloaded) (lugar de destino convenido)
El vendedor asume todos los costos de transporte y el riesgo hasta el momento en que se descarga la mercancía, generalmente en las instalaciones del comprador. El vendedor debe descargar la mercancía del medio de transporte de llegada y luego entregarla poniéndola a disposición del comprador en el punto acordado. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
La mercancía se descarga en el lugar destino designado por el comprador.
DDP –Entregada con impuestos pagos (Delivered Duty Paid)
(lugar de destino convenido)
El vendedor paga todos los gastos de transporte y asume todos los riesgos hasta que se entrega la mercancía. El vendedor paga los impuestos y es el “importador registrado” en el país del comprador. Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
La mercancía se entrega en el lugar de destino convenido, pero no se descarga del medio de transporte de llegada.NOTA: Si el vendedor no puede actuar como importador registrado en el país de destino, este término no debe utilizarse; considere utilizar el término DPU o DAP en esta situación.