EXW – Ex Works
El vendedor cumple con la obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones (es decir, fábrica, almacén, etc.). En particular, el vendedor no es responsable de cargar la mercancía en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despachar la mercancía para la exportación, salvo acuerdo en contrario.El comprador corre con todos los gastos y riesgos que conlleva llevar la mercancía desde las instalaciones del vendedor hasta el destino deseado. Este término representa, por tanto, la obligación mínima para el vendedor. El término se aplica a todos los modos de transporte.Este término se aplica a todos los medios de transporte.
El riesgo se transfiere al comprador cuando:
Las mercancías se ponen a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor.
NOTA: Si el comprador no puede despachar las mercancías para la exportación porque no tiene presencia en el país de origen, o sigue siendo responsable de los trámites de exportación, debe utilizarse un término diferente; considere el uso de FCA en este escenario.