Conocer sus opciones al importar muestras comerciales


    Las muestras comerciales son una parte esencial del negocio; especialmente el desarrollo de productos. La importación de muestras comerciales es relevante al solicitar pedidos y probar la calidad de su producto y sus materiales antes de la fabricación.

    Esta fase es crucial para las empresas que realizan cambios en los productos, agregan productos a su línea de productos o realizan un pedido grande al fabricante. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (Customs and Border Protection, CBP) de los Estados Unidos regula la importación de muestras comerciales de la misma manera que cualquier otro envío comercial, y es importante completar la debida diligencia con respecto al cumplimiento de las políticas comerciales como importador.

    Existen diferentes opciones al importar muestras comerciales a los Estados Unidos, comprender los diferentes requisitos puede ayudarle a determinar la mejor opción para su empresa y circunstancias.

    Hay dos opciones principales para que un importador ingrese muestras comerciales de forma permanente a los Estados Unidos.

    1. Ingreso libre de impuestos: 9811.00.60

    El Cronograma armónico de tarifas (Harmonized Tariff Schedule, HTS) de los Estados Unidos incluye una disposición específica para muestras comerciales. El número 9811.00.60 del HTC abarca "Cualquier muestra, excepto las muestras cubiertas en 9811.00.20 (muestras de alcohol) o 9811.00.40 (muestras de tabaco), valoradas en no más de $1 cada una, o marcadas, rasgadas, perforadas o tratadas de manera que no sean aptas para la venta o para su uso que no sea como muestra".

    De conformidad con esta disposición, las muestras se pueden importar libres de impuestos si:

    • las muestras tienen un valor inferior a $1, o
    • las muestras tienen un valor de más de $1, deben marcarse como muestras y tratarse de una manera que las haga no aptas para la reventa,

    la mercancía debe marcarse permanentemente como una “muestra”, o cortarse o rasgarse de tal manera que sea visible. Además, se aplican requisitos adicionales de marcado y alteración para productos textiles y calzado. Además, se pueden hacer cumplir otros requisitos dependiendo del tipo de tela, tamaño y otras consideraciones.

    Los documentos comerciales deben mostrar un valor para las muestras, incluso si se proporcionan al importador sin costo alguno o no tienen valor comercial. El documento comercial debe incluir la declaración “Mutilated samples — 9811.00.60” para garantizar un tratamiento libre de impuestos. Por lo general, las muestras deben destruirse o donarse a una organización benéfica u otras entidades no comerciales después de su uso. Se prohíbe que los importadores vendan o reparen los artículos para que sean aptos para la venta.

    2. Ingreso regular

    Como importador, puede optar por importar muestras como ingreso regular de aduanas. Es posible que tenga que pagar aranceles e impuestos según el HTS y la tasa de impuestos y seguir todas las regulaciones y requisitos para el ingreso en la aduana. Sin embargo, los productos podrían permanecer en los Estados Unidos indefinidamente y usted conservaría el derecho de vender las muestras después de su uso.

    Si el valor de la muestra comercial es inferior a $800, los importadores pueden aprovechar el tipo de ingreso 86, que permite importar bienes valorados por debajo de $800 libres de aranceles, impuestos y tarifas. Los productos son elegibles si no están sujetos a antidumping, derechos compensatorios, cuotas o no requieren que se paguen tarifas adicionales o impuestos del Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS).

    Si va a ingresar muestras para solicitar ventas o exhibir los productos en una exposición comercial, entonces la importación temporal puede ser una buena opción.

    1. Importación temporal bajo fianza (TIB)

    Las muestras comerciales pueden admitirse en los Estados Unidos bajo una Importación temporal bajo fianza (TIB), que permite temporalmente la importación de bienes a los Estados Unidos libres de impuestos cuando el importador presenta una fianza. Las TIB se pueden usar para importar temporalmente muestras comerciales con el propósito exclusivo de solicitar pedidos de la mercancía.

    Los productos importados bajo una TIB no deben venderse ni ofrecerse a la venta y deben exportarse o destruirse en el plazo de un año a partir de la fecha de importación. Las extensiones se pueden solicitar por períodos adicionales de un año, que no excedan los tres años en total.

    Si bien pueden ser convenientes, existen riesgos adicionales asociados con los ingresos TIB. Si no los exporta o destruye antes de la fecha de vencimiento, se liquidarán daños equivalentes al doble de los aranceles estimados para las muestras.

    2. Carnets

    Los carnets son otra opción cuando se importan temporalmente muestras comerciales para solicitar pedidos. Un carnet es tanto la fianza aduanera como la documentación de entrada aduanera. Se compra antes del envío exportando el país de origen. Esto simplifica el proceso aduanero, le permite planificar el despacho de aduana con anticipación y se puede utilizar en varios países.

    Estados Unidos acepta solo dos tipos de carnets:

    • Carnets ATA: Aceptados por más de ochenta países, el carnet ATA es una buena opción para ingresar muestras comerciales a los Estados Unidos libres de impuestos con el fin de solicitar pedidos.
    • Carnets TECRO/AIT: Estos carnets son específicos de un acuerdo comercial bilateral entre los Estados Unidos y Taiwán.

    Los carnets solo son válidos por un año. Si se prevé que el carnet se utilizará para solicitar un pedido más extenso que el de ese plazo, una TIB puede ser una mejor opción.

    Los productos importados bajo un carnet no se pueden vender. Sin embargo, si se venden bienes importados bajo un carnet, el importador estaría obligado a pagar no solo los derechos, tasas e impuestos sobre los bienes, sino también una multa igual al 10% de los derechos e impuestos adeudados por algunos o todos los bienes vendidos.

    Los prototipos pueden importarse libres de impuestos en cantidades limitadas no comerciales bajo HTS 9817.85.01. Los prototipos en diferentes etapas de producción se pueden importar para fines de desarrollo, pruebas, evaluación de productos o control de calidad bajo esta disposición. CBP puede solicitarle que proporcione un comprobante de uso real dentro de los tres años posteriores a la importación.

    La venta de prototipos o cualquiera de sus partes suele estar restringida. Puede estar permitida en ciertos escenarios según lo permita el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. Los productos que están sujetos a una restricción cuantitativa, antidumping o de derechos compensatorios no pueden importarse bajo las disposiciones del prototipo.

    Considere estos factores antes de importar cualquier muestra comercial:

    • ¿Cuál es el propósito de las muestras? ¿Es para revisión y pruebas de calidad, evaluación de productos o para oportunidades de ventas?
    • ¿Podrá el proveedor cumplir con los requisitos de marcado y alteración de muestras bajo HTS 9811.00.60?
    • ¿Cuánto tiempo tendrán que permanecer estas muestras en los Estados Unidos?
    • ¿Habrá oportunidades de vender las muestras una vez importadas?
    • ¿Podrán exportarse los productos dentro del período de tiempo prescrito si se importan bajo una TIB o un carnet?
    • ¿Califican los productos como prototipo según la definición de la CBP?

    Una vez que tenga respuestas a estas preguntas, tendrá una idea clara de qué estrategia de importación es la adecuada para sus muestras comerciales. Si necesita información adicional, consulte los siguientes recursos:

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    C.H. Robinson puede ayudar. Nuestro equipo de expertos de Trusted Advisor® pueden ayudarle a revisar las opciones de despacho de aduana para muestras comerciales. Conéctese con uno de nuestros expertos en políticas comerciales para comenzar.

     

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    https://www.chrobinson.com/es-us/resources/resource-center/guides/importing-commercial-samples/