Otras naciones: problemas de impuestos a los servicios digitales. Austria, Brasil, República Checa, Unión Europea, India, Indonesia, Italia, España, Turquía y Reino Unido.
Que se anunciará.
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No
El Representante de Comercio de EE. UU. Determinó que el DST de Francia no es razonable o discriminatorio y grava o restringe el comercio de EE. UU. Y, por lo tanto, es procesable en virtud de las secciones 301 (b) y 304 (a) de la Ley de Comercio.
De conformidad con la sección 304 de la Ley de Comercio, el Representante de Comercio de EE. UU. Debe determinar si el acto, política o práctica bajo investigación es procesable según la Sección 301. Si esa determinación es afirmativa, el Representante de Comercio de EE. UU. Debe determinar qué acción tomar.
Inicio de las investigaciones de la Sección 301 de impuestos a los servicios digitales - 5 de junio de 2020
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